TSJ. Pensión de viudedad. Solicitante que constituyó una pareja de hecho y fue víctima de violencia de género.
Si bien el presente supuesto no estaría contemplado expresamente en la ley, que se refiere a los separados y divorciados que hayan sido víctimas de violencia de género, no se encuentra razón o motivo alguno para que ante tales situaciones no se pueda reconocer la prestación de viudedad a quien habiendo constituido una relación de pareja de hecho hubiera interrumpido la convivencia estable y notoria en los años previos al fallecimiento del causante como consecuencia de los malos tratos de que era objeto. (STSJ de Cataluña, Sala de lo Social, de 27 de octubre de 2015, rec. núm. 4238/2015)
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