TSJ. Baja voluntaria. Comunicación por mensajería on line.
Manifestación por parte de la trabajadora a la encargada de zona tras
una discusión de que no quiere trabajar en la empresa, abandonando el
centro de trabajo, reiterando ese mismo día por la tarde esa afirmación
mediante Whatsapp.
La utilización de dicha vía es válida para comunicar la baja
voluntaria, al revelar una voluntad terminante, clara e inequívoca de
romper la relación laboral. Se declara la inexistencia de despido. (STSJ de Madrid, Sala de lo Social, de 10 de junio de 2015, rec. núm. 817/2014)
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